Desarrollo profesional
SATSE denuncia la situación que viven las enfermeras de los centros sociosanitarios dependientes de la Xunta
08.07.24 | Galicia
El Sindicato de Enfermería, SATSE en Galicia, ha enviado un escrito a la Dirección Xeral de Maiores e Atención Sociosanitaria. y a la Secretaría General Técnica de la Consellería de Política Social e Igualdade. con una serie de alegaciones para tratar de mejorar las condicións y requisitos específicos que deben cumplir los centros de atención a persoas mayores.
Por un lado, SATSE ha hecho alegaciones sobre la nomenclatura personal ATS o DUE. Para el Sindicato, debería eliminarse este término, y sustituirlo por el de Enfermera, atendiendo a la Ley 44/2003, de 21 de novembro, de Ordenación das Profesións Sanitarias, art 7.2 (debería eliminarse de todo el documento por estar obsoleta).
Por otro lado, para el Sindicato, resulta imprescindible establecer unha diferenciación clara de funciónes entre las diferentes categorías.
En el mismo sentido, poder separar la atención directa que realiza, en base a esas funciones cada profesional, a la hora de establecer las ratios de personal y no englobar a todos ellos bajo el epígrafe “persoal sanitario”.
Ratios de Enfermeras
La asignación del número de profesionales de enfermería tiene que tenr en cuenta la capacidad del centro, el tipo de atención que se puede prestar y, asi mismo, el tipo de pacientes con súas patologías y problemas inherentes.
Debería ademais, diferenciar las presencias de personal especificadas por efectivos (categorías) e por turnos, dada la disparidad de actividad que hay en los distintos horarios a lo largo del día (M/T/N), no pudiendo valorar exclusivamente el nivel de dependencia de los usuarios.
Debe garantizarse la plantilla de enfermeras mínima necesaria, para poder facilitar la concesión de permisos reglados
En caso de no estar reconocida la dependencia, la valoración Barthel que debería tenerse en cuenta es igual o inferior a 60, dado que es la que marca el inicio de la dependencia.
Para SATSE también debería contemplarse una diferenciación da ocupación en los mismos centros de usuarios con edad avanzada con problemas e patologías propias de la edad con otras con trastornos psiquiátricos, discapacidad física o intelectual, pues los perfiles y necesidades son muy diferentes.
Debe garantizarse la plantilla de enfermeras mínima necesaria, para poder facilitar la concesión de permisos reglados, sin que se condicione o disfrute de vacaciones o días de compensación, las ratios marcadas en el documento no posibilitan este derecho.
Protocolos de valoración
Para el Sindicato de Enfermería, sería deseable la implantación de protocolos de valoración da dependencia con carácter extraordinario para aquellos usuarios de las instalaciones que vean alteradas de manera aguda y permanente sus capacidades vitales y para las ABVD y, puedan ser susceptibles de ser catalogados en un nivel de dependencia mayor, pues este hecho condiciona enormemente las cargas de trabajo de los profesionales.
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