Es el máximo órgano entre Congresos. Se reúne de forma ordinaria al menos una vez entre Congresos.
Las funciones de la Asamblea General son las siguientes:
Debatir o decidir sobre aquellos asuntos de especial urgencia e importancia que no pueden ser debatidos exclusivamente por el Comité Ejecutivo Estatal y no requieren la convocatoria de un Congreso Extraordinario.
Controlar la gestión del Comité Ejecutivo Estatal y demás órganos jerárquicamente subordinados.