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Los servicios jurídicos de SATSE en Galicia obtienen una nueva sentencia en relación al complemento de intersustitución

La sentencia obliga a pagar el complemento de intersustitución a un enfermero que no lo estaba recibiendo, pese a sustituir a compañeros ausentes.

La Asesoría Jurídica de SATSE ha obtenido una nueva sentencia, devenida firme, en relación a los supuestos de intersustitución

De esta forma, se determina que para los supuestos de intersustitución, en los que se proceda a sustituir al ausente, que cuando el cociente de dividir el total de cartillas del Centro entre el nº de Enfermeras/os que realizan la sustitución (salvo el/los ausentes) salte de tramo de cartillas atribuidas a cada uno de ellos (la suma de las propias más la parte correspondiente de las del sustituido), se deberá pagar el coeficiente capitativo conforme al tramo resultante según lo previsto en el Decreto 226/1996 sobre el régimen retributivo del personal de Atención Primaria (Anexo IV).

Por todo esto, si te encuentras o te has encontrado en los últimos 5 años en dicho supuesto, puedes ponerte en contacto con tu Sede Provincial y solicitar cita con tu Asesor Jurídico.

Descárgate el SATSE Informa.

Centro de Salud Casco Vello Vigo