Notas de prensa
Profesional
Denunciamos que el SERGAS discrimina a las enfermeras especialistas
14.01.26 | Galicia
El Sindicato de Enfermería, SATSE, ha reclamado al SERGAS que reconozca todo el periodo de formación que deben realizar las enfermeras para convertirse en enfermeras especialistas de cara al acceso, reconocimiento y progresión en el sistema de carrera profesional.
SATSE denuncia que, en la actualidad, el SERGAS limita el reconocimiento del período de formación sanitaria especializada computable a efectos de la carrera profesional, excluyendo parte sustancial del mismo y restringiendo, en particular, el acceso al sistema durante el primer año de formación.
El Sindicato recalca que la exclusión del cómputo íntegro del período EIR vulnera los principios de igualdad, mérito y capacidad consagrados en el artículo 23.2 de la Constitución Española, al penalizar a quienes han accedido a una especialidad mediante un sistema selectivo altamente exigente y han prestado servicios asistenciales efectivos durante varios años.
Esta situación perjudicial y discriminatoria para las enfermeras que realizan la formación sanitaria especializada es lo que ha llevado a SATSE a realizar una reclamación sindical de carácter técnico-institucional a la Dirección General de Recursos Humanos del SERGAS y ante la Mesa de Seguimiento de la Carrera Profesional.
Discriminación
En la reclamación se reitera que la interpretación restrictiva que realiza el SERGAS de la normativa en la materia genera un perjuicio directo y estructural al personal de enfermería especialista, al desconocer el valor profesional del período completo de formación sanitaria especializada. “Todo ello produce un efecto disuasorio y discriminatorio contrario a los principios que inspiran la carrera profesional”, apunta.
SATSE argumenta, en su reclamación, que el Estatuto Marco reconoce el derecho del personal estatutario a progresar de forma individualizada en la carrera profesional como reconocimiento a su desarrollo profesional, atendiendo, entre otros factores, a la experiencia y a la formación acreditada.
También la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud impone a las administraciones sanitarias el deber de desarrollar sistemas de carrera profesional basados en criterios de mérito, competencia profesional y experiencia efectiva.
Insostenible
En cuanto a la normativa autonómica, el Sindicato alude a que el sistema de carrera profesional del SERGAS se articula, entre otras normas, a través de los acuerdos y disposiciones inspirados en los principios de reconocimiento del ejercicio profesional efectivo y de la progresión vinculada a la adquisición de competencias.
Por ello, afirma que resulta “jurídicamente insostenible” excluir del concepto de ejercicio profesional parte del período de formación EIR, cuando durante el mismo existe una prestación real de servicios asistenciales, con plena sujeción a la organización, horarios, guardias, responsabilidades clínicas y sistemas de evaluación del propio SERGAS.
Por último, SATSE recuerda que una sentencia del Tribunal Supremo, de 26 de junio de 2025, ha fijado doctrina clara al declarar que, a efectos del reconocimiento de la carrera profesional del personal estatutario de los servicios de salud, debe computarse el período de formación sanitaria especializada realizado para adquirir la especialidad.
El Alto Tribunal afirma que, cuando la normativa autonómica reconoce como computables los servicios previos en la misma categoría profesional, no resulta conforme a Derecho excluir una parte del período de residencia, al implicar un desempeño profesional efectivo, cualificado y plenamente integrado en el sistema sanitario.
Departamento de Comunicación
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