Laboral

SATSE Galicia reclama al Sergas igualdad en el cómputo de Carrera Profesional

El Sindicato de Enfermería SATSE en Galicia, denuncia que una parte de las enfermeras/os y fisioterapeutas que trabajan en reducción de jornada no reciben el mismo trato que las jornadas completas o incluso otras reducciones.
SATSE Galicia reclama al Sergas igualdad en el cómputo de Carrera Profesional

Edificio administrativo de la Consellería de Sanidade

El Sindicato de Enfermería, SATSE en Galicia, ha enviado un escrito a la Consellería de Sanidade, para reclamar que los contratos de media jornada computen de la misma manera que los de tiempo completo para acceder a los grados de Carrera Profesional en el Sergas.  
 
La secretaria general de SATSE en Galicia, Asunción Maus, ha mostrado así, el desacuerdo y disconformidad del Sindicato, con el trato que se les está dando a los profesionales vinculados al Sergas con reducciones de jornada a los efectos del cómputo de tiempo de servicios para acceder a los distintos grados de carrera profesional. 

estos profesionales “se ven claramente perjudicados respecto de aquellos que realizan su jornada a tiempo completo por cuanto a los primeros se les penaliza con el cómputo únicamente de la jornada efectivamente prestada


 
Para SATSE Galicia, estos profesionales “se ven claramente perjudicados respecto de aquellos que realizan su jornada a tiempo completo por cuanto a los primeros se les penaliza con el cómputo únicamente de la jornada efectivamente prestada cuando en realidad se encuentran trabajando todos los días, igual que los segundos, aunque con una jornada menor”, explica Asunción Maus. 

Doble penalización


Desde el Sindicato de Enfermería recuerdan que las reducciones de jornada no son voluntarias, por cuanto en un gran número de casos se producen por necesidades perentorias de los progenitores para cuidado de uno o varios menores, para el cuidado de mayores dependientes a su cargo, en correspondencia con el ejercicio de su derecho reconocido legalmente a la conciliación familiar, teniendo en estos casos una valoración del 100% de la jornada a efecto de permanencia en el grado de carrera.

Sin embargo, en otros casos, la reducción viene impuesta por un llamamiento ineludible de las Listas de Vinculaciones Temporales del Sergas para complementar la jornada de aquellos profesionales que disponen de ese permiso de reducción, la no aceptación de este vínculo conlleva una penalización explícita en el Pacto de Contrataciones vigente. 
 

Jurisdicción 
 

Lo cierto es que el tiempo trabajado con reducciones de jornada no siempre debe ser computado en proporción a esa temporalidad de trabajo efectivo, sino a días completos. Así lo ha venido determinando numerosa y reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo en cuanto al cómputo de cotizaciones a efectos de prestaciones de la Seguridad Social, como recientemente ha sido reconocido por el Real Decreto-Ley 2/2023, dictado como medida urgente, entre otras, con la finalidad de reducir la brecha de género.  

Desde su entrada en vigor, el pasado 1 de octubre, cada día trabajado, independientemente del tipo de jornada o del número de horas, contará como un día cotizado


De este modo, desde su entrada en vigor, el pasado 1 de octubre, cada día trabajado, independientemente del tipo de jornada o del número de horas, contará como un día cotizado a efectos del cómputo de los períodos de cotización necesarios para el reconocimiento de las prestaciones

Reducción Jornada

La razón es que, a la entrada en vigor de la norma, más de dos tercios (el 67,53%) de los trabajadores con contratos a tiempo parcial/reducción de jornada son mujeres, en concreto 2.007.069‬ del total de los trabajadores a tiempo parcial en nuestro país, y en mayor porcentaje todavía ocurre entre los profesionales adscritos al Sergas.  

El coeficiente de parcialidad era inconstitucional, por lo que los cálculos de los períodos cotizados eran discriminatorios por razón de sexo, doctrina plenamente aplicable al colectivo de los profesionales sanitarios

Y la modificación de la legislación deriva de la doctrina del Tribunal Constitucional que estableció en sus sentencias, (una sobre la incapacidad permanente y otra sobre la prestación de jubilación), que el coeficiente de parcialidad era inconstitucional, por lo que los cálculos de los períodos cotizados eran discriminatorios por razón de sexo, doctrina plenamente aplicable al colectivo de los profesionales sanitarios. 
 
Por ello, advierten desde SATSE “se insta, una vez más, a tomar cartas en el asunto y promover los cambios normativos necesarios para que los profesionales con vinculaciones a tiempo parcial o reducciones de jornada generen el derecho al cómputo de sus días trabajados en condiciones de igualdad con los profesionales a tiempo completo a los efectos de progresar en su carrera profesional”, advierten.